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INTRODUCCIÓN

 REFORMA FISCAL

La reforma fiscal es el resultado de las modificaciones que el H. Congreso de la Unión hace a las diferentes leyes fiscales.

La Reforma Fiscal entra en vigor el 1 de enero de 2007 y sus objetivos son: aumentar la equidad; simplificar los impuestos; asegurar la suficiencia financiera de las Administraciones Públicas; impulsar el crecimiento económico y la productividad; favorecer el tratamiento del ahorro de las rentas medias y bajas y favorecer la actividad empresarial y la creación de empresas.

Principales Novedades

Tratamiento fiscal más equitativo:

  • Reduce los impuestos a los que declaran.
  • Iguala el tratamiento a todos los tipos de ahorro.
  • Fomenta las pensiones complementarias privadas de las rentas medias y bajas.
  • Incentiva los seguros de dependencia.

Reducción de tramos y tiposGráfico reducción de tramos y tipos

  • Se reducen los impuestos y hay más personas que dejan de pagar impuestos.
  • La rebaja media será del 6% y para el 60% de los contribuyentes el ahorro será del 17%.
  • Los impuestos bajan para 20 millones de contribuyentes, el 99,5% del total.
  • Los tramos de la tarifa se reducen a cuatro y se amplía el mínimo exento.
  • El 70% de los contribuyentes se aplicará un tipo único del 24%.
  • Excluye de tributación a 7 millones, el 40% del total.
  • Se incrementa entre un 8 y un 14% la reducción para las rentas de trabajo, que se extenderá a algunos trabajadores autónomos.

Circunstancias personales y familiares

Aumento de mínimos

 IRPF’06IRPF’07  
  Importes Importes Diferencia Aumento %
Mínimo personal 3.400 5.050 1.650 48,52%
Descendientes 1º: 1.400 1.800 400 28,57%
  2º: 1.500 2.000 500 33,33%
  3º: 2.200 3.600 1.400 63,63%
  4º: 2.300 4.100 1.800 78,62%
Menores de 3 años 1.200 2.200 1.000 83,33%
Edad > 65: 800 900 100 12,5%
  > 75: + 1.000 1.100 100 10%
Discapacidad > 33% 2.000 2.270 270 13,5%
  > 65% 5.000 6.900 1.900 38%

  • Aumentan las cuantías de los mínimos personales y familiares.
  • El mínimo personal y familiar tributa a tipo cero.
  • Se trata por igual a todos los contribuyentes con independencia de su nivel de renta.

AhorroTipo unico para el ahorro

  • Todos Los productos de ahorro tributarán al 18%.
  • Introduce certidumbre y neutralidad:
    • Desaparece el análisis financiero y fiscal.
  • Mejora la competencia.
    • Genera más crecimiento y más ahorro.
  • Eliminación de la deducción por doble imposición de dividendos. Se introduce una exención de 1.500 euros anuales para los dividendos.
  • Cumple con el Derecho Comunitario.

Envejecimiento y Dependencia

Planes de pensiones

Podrán reducirse de la base imponible las aportaciones a planes de pensiones con los límites siguientes:

  • Para menores de 50 años, la menor de estas dos cantidades: 10.000 euros o el 30% de la suma de los rendimiento netos del trabajo y de actividades económicas.
  • Para mayores de 50 años, la menor de estas cantidades: 12.500 euros o el 50% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • Para personas con discapacidad, el límite se establece en 24.250 euros.

Dependencia

  • Todos los instrumentos financieros ligados a situaciones de dependencia tendrán los mismos beneficios fiscales que los planes de pensiones.

Plan individual de ahorro sistemático

Los planes individuales de ahorro sistemático son un nuevo intsrumento de ahorro, que permitirá constituir una renta vitalicia asegurada.

  • Aportaciones máximas anuales por contribuyente: 8.000 €, con un límite global de 240.000€.
  • La renta vitalicia obtenida a través de un Plan Individual de Ahorro sistemático tributará, como el resto de rentas del ahorro, al 18%. Esta tarifa se aplicará sólo a un porcentaje de la renta obtenida, dependiendo de la edad del contribuyente: el 40%, si tiene menos de 40 años; el 35%, si tiene entre 40 y 49 años; el 28%, si tiene entre 50 y 59 años; el 24%, si tiene entre 60 y 65 años; el 20%, si tiene entre 66 y 69 años, y el 8%, a partir de los 70 años.

Movilización del patrimonio inmobiliario

  • Los contribuyentes mayores de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia podrán vender su patrimonio inmobiliario y la plusvalía estará exenta de tributación.
  • La hipoteca inversa. Se trata de un crédito garantizado mediante la hipoteca de la vivienda habitual, que permite la obtención de una renta periódica o su disposición de una sola vez a mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia. La titularidad de la vivienda por parte del propietario queda garantizada hasta su fallecimiento. Las rentas percibidas, tanto si se reciben de una sola vez o de forma periódica, quedan exentas de tributación.

Planes de previsión social empresarial

  • Los seguros colectivos tendrán de los mismos beneficios fiscales que los planes de pensiones de empleo.

Otras medidas sociales

Se declaran exentas:

  • Las prestaciones por hijo a cargo y similares reconocidas a profesionales no integrados en régimen especial de autónomos por mutualidades de previsión social, si coinciden con las exentas de la Seguridad Social para los integrados en tal régimen, y las prestaciones a favor de nietos o hermanos menores de 22 años o incapacitados para el trabajo o por adopción múltiple.
  • Acogimientos menores en ejecución de medidas judiciales (L. O. 5/2002).
  • Indemnizaciones estatales o autonómica favor de presos afectados por la Ley de Amnistía. Ayuda para ejercicios anteriores a 2005.
  • Se eleva a 3 veces el IPREM (antes 2) la exención en la percepción de rentas por discapacitados y rendimientos del trabajo derivados de aportaciones a patrimonios protegidos.
  • Las prestaciones económicas públicas que deriven de la Ley de dependencia.
  • Se permite aplicar el mínimo por descendientes y ascendientes aún cuando éstos presenten declaración (si no tienen rentas anuales superiores a 1.800 €).

NO RESIDENTES

Rendimientos obtenidos a través de establecimiento permanente

 A partir de 1 enero de 2007A partir de 1 enero de 2008
Tipo general 32.5% 30%
Hidrocarburos 37.5% 35%
Imposición complementaria 18% 18%

Rendimientos obtenidos sin establecimiento permanente

Tipo general 24%
Pensiones Cuadro actualizado *
Rendimientos del trabajo por contratos de duración determinada para trabajadores extranjeros de temporada 2%
Rendimientos del trabajo en misiones diplomáticas (no contribuyentes del IRNR) 8%
Operaciones de reaseguro 1.5%
Entidades de navegación marítima  cuyos buques toquen territorio español 4%
Dividendos y otros rendimientos de participación en fondos propios 18%
Intereses y otros rendimientos por la cesión a terceros de capitales propios 18%
Ganancias patrimoniales 18%
Cánones pagados a empresas asociadas de la Unión Europea (requisitos) 10%

En las ganancias patrimoniales por transmisiones de bienes inmuebles hay una retención del 3%.

*Tabla de pensiones actualizada

Importe anual pensión hasta -- EurosCuota EurosResto pensión hasta --- EurosTipo aplicable
0 0 12.000 8%
12. 000 960 6.700 30%
18.700 2.970 En adelante 40%

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

La reforma del Impuesto de Sociedades tiene como objetivos:

Rebaja de tipos: aumenta la productividad e impulsa la creación de empresas.

Simplificación del impuesto: se eliminan gradualmente gran parte de las deducciones.

Competitividad: la rebaja fiscal incide positivamente en la competitividad de las empresas.

Neutralidad: su aplicación no debe influir en el comportamiento económico de los sujetos pasivos.

 

¿En qué consiste la reforma?

  • Reducción de tipos de gravamen.
  • Modificación de las deducciones en la cuota.
  • Supresión del régimen fiscal de las sociedades patrimoniales.
  • Régimen de liquidación de las sociedades patrimoniales.
 

TEXTO LEGAL

LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

 

LA REFORMA ELECTORAL



Antecedentes  

 

 

 

 

La reforma electoral es un acto de gobierno que el adelanto de la vida política del país exige. Lentamente las fuerzas sociales van gravitando para extender el ámbito del sufragio y garantir la verdad de los comicios. En la evolución de los partidos y en la prédica de los dirigentes, así como en la prensa, el libro y la cátedra, hemos señalado este proceso en los capítulos anteriores. La reforma electoral la imponían los partidos políticos y la opinión pública. La vida cívica del país estaba asfixiada por los comicios desiertos y el fraude electoral. Hemos observado que en las primeras décadas de la cuarta República llegaban al gobierno los hombres más sobresalientes, y que, en épocas posteriores, no sucedía lo mismo. (1) Una gran masa de ciudadanos no podía gravitar directamente en la vida pública a causa del voto restringido y el funcionamiento de la "máquina electoral". Los presidentes Roca, Quintana y Figueroa Alcorta, hombres de Estado de probada capacidad, se apercibieron de la presión del ambiente que reclamaba la reforma y por diversas circunstancias no pudieron llevarla a término. El valor del presidente Sáenz Peña finca en la decisión y la energía para satisfacer aquellas aspiraciones colectivas, que concordaban con sus propias convicciones políticas, expresadas invariablemente durante toda su vida pública: la verdad de los comicios y la universalidad del voto son la base del sistema democrático y de la autoridad del gobierno.

 

Necesitamos hoy de una reforma electoral que tenga el acento en el control y la transparencia del dinero en la política. Por ello, es indispensable que los esfuerzos de los distintos grupos parlamentarios en la Cámara de Diputados, y de los propios diputados y diputadas en lo individual, estén encaminados a lograr una reforma electoral que garantice un avance cualitativo en el fortalecimiento del régimen de partidos políticos y la consolidación de nuestro sistema democrático.

El control del dinero público y privado en los circuitos de la competencia electoral se entendió, desde su origen en la reforma de 1996, como la clave para mantener la actuación y la competencia política dentro del marco de la ley.

Sin embargo, aún cuando los instrumentos jurídicos de control se fueron afinando paulatinamente en estos últimos siete años, no fue posible prever con claridad sus límites y alcances hasta que se hicieron evidentes sus fallas en torno a la fiscalización a lo largo de las más recientes crisis, incluida la campaña presidencial del año 2000.

Cuatro puntos fundamentales, considero, debe contener como mínimo una iniciativa de reforma de largo alcance, si es que se pretende cumplir con las expectativas ciudadanas y con la necesidad de ajustar la política a la realidad social y económica de nuestro país.

Aprobar una reforma que no contenga modificaciones sustantivas en ese sentido tendría un alcance sumamente limitado, y vaciaría de sustancia el propósito original de la propuesta de reforma. Estos puntos son:

1) Regulación de precampañas

Es necesario establecer fórmulas de regulación de las precampañas (de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la iniciativa presentada por legisladores del Partido de la Revolución Democrática, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Convergencia por la Democracia), mismas que deberán regirse bajo reglas claras y límites expresamente acordados, ambos en tiempo y en recursos. (artículos 182 y 182-A de la iniciativa presidencial y 175 de la iniciativa de los legisladores)

2) Reducción de tiempos de campaña

El objetivo debe ser, por una parte, atraer y concentrar la atención ciudadana en campañas cortas con límites establecidos y, por la otra, disminuir el enorme gasto que originan campañas sumamente prolongadas para todos los cargos de elección popular. (Art. 190 de ambas iniciativas). Los plazos de tres meses y seis semanas para la realización de campañas para presidente de la República y las de diputados y senadores, respectivamente, cumplen cabalmente con lo antes manifestado.

3) Instrumentos para la fiscalización

Es indispensable lograr que el IFE cuente con las facultades y atribuciones legales necesarias, así como con los instrumentos de control para llevar a cabo una profunda fiscalización de los recursos de candidatos, partidos y particulares —cuando se trate de asuntos relacionados al financiamiento electoral— (Art. 49-B de la iniciativa de los legisladores y el art. 83 de la iniciativa presidencial), incluyendo de manera destacada, el acceso del IFE a la información financiera y hacendaria que requiere en los procedimientos de fiscalización, para establecer mejores sistemas para el control de aportaciones privadas de fuentes dudosas. Para ello sería necesario también, realizar modificaciones al artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito como lo establece la iniciativa presentada por los legisladores.

4) Reducir financiamiento a partidos, IFE y TRIFE

Se deberá disminuir sustancialmente el monto de dinero público que se destina al financiamiento de partidos políticos (casi 1800 millones de pesos de gasto ordinario y la misma cantidad para gasto de campaña en el 2003) y de la propia autoridad electoral (alrededor de 5,000 millones de pesos en el 2003). En este sentido, y obedeciendo a la lógica de una reforma completa e integral, es necesario lograr un redimensionamiento de la autoridad electoral —IFE y TRIFE— y del sistema de partidos en función de la realidad.

Este nuevo diseño para el funcionamiento de la democracia mexicana y de la relación entre dinero y política requiere que, como una característica esencial se fijen nuevas reglas para el acceso de partidos políticos a los medios de comunicación, guardando la equidad en el uso de los mismos a través de procedimientos de asignación objetivos e imparciales bajo la responsabilidad del IFE. (Art. 48 de la iniciativa de los legisladores).

Hoy coinciden en esta Cámara, y en este momento, al menos dos iniciativas muy amplias y ambiciosas construidas a partir de la experiencia acumulada en los últimos años sobre el funcionamiento real, y los límites y alcances del sistema de financiamiento de los procesos electorales.

Coincidencias

Celebramos la existencia de las coincidencias entre ambas iniciativas y, por ende, de un consenso potencial en torno a, por lo menos, cuatro grandes ejes que tienen como común denominador: la relación entre el dinero y la política, y el esfuerzo por hacer de este vínculo una relación más transparente y con mayores controles de parte de la autoridad electoral y, por consiguiente, de la ciudadanía.

Para que esta reforma electoral sea viable debemos reducir el financiamiento de los partidos, y en forma paralela, asegurarles a ellos, a los candidatos y a sus programas políticos, acceso suficiente y equitativo en la radio y televisión, siendo éstos no sólo un vehículo fundamental de difusión de la cultura democrática en los sistemas democráticos desarrollados, sino cada vez más un actor con voz propia que confiamos comparte esta misma voluntad general por introducir en estos momentos y en esta coyuntura —en vísperas del proceso electoral del 2006— racionalidad y eficiencia a nuestra democracia de partidos.

 

   
   
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